Puntos clave de la Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad Abierta

Ciudad de México
07 de mayo de 2015

 

Puntos Clave de la Ley para Hacer de la  Ciudad de México una Ciudad Abierta

Con 35 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó en su penúltima sesión ordinaria, la Ley para hacer de la Ciudad de México una Ciudad Abierta.

El objetivo de la Ley Ciudad Abierta es establecer un marco jurídico para mejorar la disponibilidad de información sobre las actividades del Gobierno para toda la población; fortalecer la participación cívica; y favorecer el acceso de la población a nuevas tecnologías que faciliten la apertura gubernamental, la rendición de cuentas, y la promoción de los Derechos Humanos.

Este nuevo ordenamiento jurídico en materia de Gobierno Abierto, es producto de un trabajo que por varios meses realizaron en conjunto el Dip. Cuauhtémoc Velasco, coordinador del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la ALDF y un equipo interdisciplinario de distintas dependencias del Gobierno de la Ciudad de México, coordinadas por el Laboratorio para la Ciudad. El objetivo compartido: dotar a las estrategias de Gobierno Abierto de la capital del país de un marco jurídico de vanguardia. Así, según sus promoventes, se buscó en todo momento fomentar el establecimiento de una plataforma innovadora para el desarrollo de ideas, para impulsar la participación ciudadana en las decisiones gubernamentales, y para fomentar la co-creación de valor público en beneficio de la población capitalina.

A continuación, te presentamos una síntesis con los puntos clave de esta nueva Ley, que representa un importante avance en materia de Gobierno Abierto en la Ciudad de México.

Se privilegia el enfoque de Derechos Humanos en Gobierno Abierto y se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la vida pública de la Ciudad de México.

Comúnmente, la discusión sobre Gobierno Abierto se acota a temas como el acceso a la información pública y formatos de su disponibilidad, o incluso se traslapa con temas de transparencia gubernamental. Sin embargo, es importante tener presente que un pilar del Gobierno Abierto es la participación activa de la ciudadanía en la toma de decisiones. En este sentido, Ciudad Abierta es uno de los primeros instrumentos normativos que reconoce explícitamente el derecho de los ciudadanos a participar y colaborar en la conformación, desarrollo y evaluación de los programas, políticas y acciones de los órganos de gobierno de la capital.

Como ejemplo de este involucramiento ciudadano, se establece la obligatoriedad para que las dependencias del gobierno establezcan mecanismos para facilitar la participación de la población en los asuntos de interés público. Así, la Ley obliga a las instituciones gubernamentales a priorizar a mecanismos de creación colaborativa [crowdsourcing] en los proyectos y desarrollos de sitios, aplicaciones y otros programas gubernamentales antes de adquirir licencias privativas.

La información pública se difundirá en formatos abiertos, estandarizados y estructurados, y se crea un repositorio único de datos abiertos gubernamentales.

La iniciativa establece la obligatoriedad para que las Delegaciones, Dependencias y Entidades publiquen la información pública en su haber en formatos abiertos, estándares y estructurados. Asimismo, se obliga a las instituciones de Gobierno a la apertura proactiva de datos, a permitir la consulta y descarga de manera gratuita y libre, misma que no requerirá registro, solicitud o cualquier otra condición que tenga por objeto limitar u obstaculizar el acceso a la información.

Por otro lado, se establece que el Consejo de Gobierno Abierto tendrá la facultad de emitir los lineamientos que determinen los formatos y estándares que deberán cumplir los datos públicos. Esto, con el objetivo de mantener vigentes las disposiciones de Gobierno Abierto de la Ciudad de México, sin limitarlas a una lógica legislativa o política.

Además, se crea el repositorio único de datos abiertos gubernamentales. Según el texto de la Ley, el repositorio contará con un inventario de los conjuntos de datos publicados y deberá facilitar la indexación y explotación por buscadores de internet comunes. Además, contará con un mecanismo en línea para la recepción de recomendaciones, reporte de errores o problemas, solicitudes de actualización de información y de nuevos conjuntos de datos por parte de los usuarios.

Establece principios y lineamientos de Gobierno Abierto que superan estándares nacionales e internacionales, además de que es un marco jurídico con capacidad evolutiva.

Los lineamientos y principios de Gobierno Abierto establecidos por la Ley Ciudad Abierta, tienen como base los estándares internacionales más avanzados en la materia. Además, en el proceso de elaboración se recibieron y atendieron observaciones hechas por parte de la Presidencia de la República y del InfoDF. Por otro lado, en el proyecto final se tomaron en cuenta observaciones hechas por el Dip. Gabriel Gómez del Campo, en su calidad de presidente de la Comisión de Transparencia ala Gestión de la ALDF.

Con estas aportaciones de múltiples actores, las disposiciones de Ciudad Abierta complementan lo ya establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la normatividad local en la materia, y las armoniza con estas nuevas disposiciones de Gobierno Abierto. Sin embargo, al regular un concepto en constante evolución, la Ley prevé novedosos mecanismos de actualización que permitirán mantener vigentes y actualizados los lineamientos y requisitos para la publicación de información pública. Por ejemplo, se establece que el Consejo de Gobierno Abierto podrá utilizar interpretaciones y definiciones alternativas de los lineamientos, formatos y demás disposiciones siempre y cuando se garantice que las alternativas favorezcan en mayor medida la protección de los Derechos Humanos, en particular de los derechos de acceso a la información pública y de protección de datos personales.

Creación del Consejo de Gobierno Abierto de la Ciudad de México.

La LCA contempla la creación de este Consejo como un órgano colegiado, con carácter deliberativo y decisorio, que funge como instancia para el establecimiento de lineamientos, iniciativas, estrategias y políticas en materia de Gobierno Abierto para la Ciudad de México.

El Consejo está integrado por quince integrantes, y está compuesto de la siguiente forma:

  • Cuatro consejeros representantes del Gobierno del Distrito Federal;
  • Tres Consejeros Ciudadanos, representantes de la sociedad civil;
  • Un representante de la ALDF;
  • Un Consejero de la Red de Innovadores Ciudad Abierta;
  • Un representante rotativo de las Dependencias de la Administración Publica Centralizada (Secretarías);
  • Un representante de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación;
  • Un representante de la Contraloría General del Distrito Federal;
  • Un representante de la Escuela de Administración Pública del Distrito Federal;
  • Un representante del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal; y
  • Un representante de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

A diferencia de los modelos explorados a nivel federal, el Consejo de Gobierno Abierto de la Ciudad de México propone integrar a tres representantes de la sociedad civil como miembros de pleno derecho, con voz y voto, igual que cualquier otro integrante. Asimismo, integra plenamente a la Comisión de Derechos Humanos del DF y al InfoDF.

Dentro de las atribuciones de este Consejo, se encuentra establecer lineamientos, definir formatos estándar de la información y diseñar estrategias, instrumentos, programas, proyectos, y acciones para cumplir con los objetivos de la Ley Ciudad Abierta, además de mantenerlas vigentes y actualizadas.

Además, este órgano multidisciplinario tendrá la facultad de evaluar y certificar el progreso de las Delegaciones, Dependencias y Entidades según los lineamientos y especificaciones del Modelo de Madurez, y emitir recomendaciones o reconocimientos, según sea el caso, con el objetivo de monitorear y mejorar la implementación de dichas estrategias.

Por su parte, las dependencias, delegaciones y entidades están obligadas a implementar las resoluciones del Consejo mediante las cuales se determine el proceso de apertura de la información pública en el ámbito de su competencia.

Mecanismos de implementación, monitoreo y mejora de políticas públicas en materia de Gobierno Abierto.

Al reconocer que el establecimiento de políticas de Gobierno Abierto se puede ver condicionado a las limitaciones materiales, financieras y de las capacidades humanas de las instituciones, la Ley Ciudad Abierta prevé un mecanismo de monitoreo y mejora de las políticas públicas emanadas de la misma. En este sentido no se busca “decretar” el Gobierno Abierto, sino acompañar a través de obligaciones jurídicas específicas la necesaria evolución de las instituciones de la ciudad. Se establece así el llamado “Modelo de Madurez”.

Dicho mecanismo, que encuentra sus orígenes en el Modelo de Capacidad y Madurez implementado en procesos de desarrollo de software, cuenta con una serie de objetivos, líneas de acción y procesos clave que le permiten al Consejo de Gobierno Abierto evaluar, monitorear y corregir la implementación de las estrategias de Gobierno Abierto que adopten las dependencias.

Anualmente, el Consejo hará una evaluación que cada una de las dependencias realice en la implementación del Gobierno Abierto, y emitirá una certificación a forma de incentivo de la mejora institucional. Con este proceso de certificación, se busca generar una simbiosis que favorezca la evolución institucional: por un lado se establecen obligaciones legales que deberán ser acatadas por los servidores públicos, por otro lado se contemplan procesos de iteración y retroalimentación de la mano de estos mismos servidores públicos, acompañándolos en la curva de aprendizaje hacia la consolidación de la apertura gubernamental.

Gobierno como plataforma para la innovación y la participación ciudadana.

Ciudad Abierta reconoce que una parte fundamental de cualquier Gobierno Abierto es su capacidad de implementar mecanismos que faciliten la innovación en la gestión y la administración pública. Para esto, un Gobierno Abierto debe mantener abiertos canales de comunicación y retroalimentación mediante los cuales los ciudadanos puedan proponer mejoras, alternativas y aportaciones a los procesos gubernamentales.

En este sentido, la Ley establece como una obligación para las entidades, dependencias y delegaciones establecer mecanismos para facilitar la participación de la población en los asuntos de interés público.

Además, se les obliga a dar prioridad a esquemas de Colaboración Abierta en el desarrollo de sitios y aplicaciones para dispositivos móviles y demás estrategias. Por ejemplo, en su artículo noveno, la Ley Ciudad Abierta establece que para la contratación de licencias de software llevada a cabo por cualquier Dependencia, se dará preferencia a licenciamientos de software libre. En caso de que se opte por software privativo se deberá fundamentar la razón, haciendo referencia explícita al beneficio público que esta opción generaría sobre las licencias libres.

Además, al desarrollar o adquirir cualquier tipo de software, éste deberá licenciarse como software libre. En este mismo sentido, Toda información recabada, procesada y almacenada por software o aplicaciones desarrolladas por terceros, deberá publicarse, difundirse y almacenarse en formatos abiertos, estructurados y en apego a los lineamientos de Gobierno Abierto.

Cultura de datos abiertos en la Ciudad de México.

Al reconocer que un Gobierno Abierto requiere forzosamente de la participación de la población, la Ley Ciudad Abierta establece además de las obligaciones antes mencionadas, mecanismos que buscan promover la cultura de datos abiertos en la población capitalina.

Se establece, por ejemplo, que se deberá promover la publicación voluntaria de conjuntos de datos abiertos de los sectores académico, privado, social, industrial y de organismos internacionales que operan en la Ciudad de México. Para este fin, se contempla la posibilidad de que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal otorgue incentivos que coadyuven y promuevan la promoción de una cultura de datos abiertos entre personas, organizaciones, empresas y demás entidades.

Se establece por otro lado la Red de Innovadores por una Ciudad Abierta. Su objetivo es aprovechar las habilidades, talentos e intereses de los servidores públicos para consolidar el Gobierno Abierto en la Ciudad de México, creando incentivos para servidores públicos proactivos y pro aperturistas.

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