El nuevo reglamento de tránsito, promulgado en agosto pasado, contempla, entre otras medidas, reducir de 70 a 50 kilómetros la velocidad máxima en vías primarias.
El documento, que entra en vigor el martes 15 de diciembre, establece también la creación de “Zonas 30″ de tránsito calmado, particularmente en áreas escolares.
Indica que se dará prioridad en la utilización del espacio vial de acuerdo a la siguiente jerarquía: a) Peatones; en especial personas con discapacidad y movilidad limitada b) Ciclistas; c) Usuarios del servicio de transporte público de pasajeros; d) Prestadores del servicio de transporte público de pasajeros; e) Prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías; y f) Usuarios de transporte particular automotor y motociclistas.
A partir del artículo 5 incluye reglas para los peatones.
A partir del artículo 7 se apuntan las normas generales para la circulación de vehículos.
En cuanto a los ciclistas se establece que tienen “derecho a ocupar el carril completo” cuando no se cuente con ciclovía. No obstante, queda prohibido para los ciclistas circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones.
El reglamento continuó con algunas concesiones a los automovilistas como la siguiente: “Entre las 23:00 horas y las 5:00 horas del día siguiente, debe detener totalmente el vehículo frente a la luz roja del semáforo y, una vez que se cerciore de que ningún peatón o vehículo se dispone a cruzar la intersección, podrá continuar la marcha, aun cuando no haya cambiado la señal de alto”.
Aquí el documento íntegro para que lo consultes: